Juez otorga suspensión a Sidronio Casarrubias contra actos de tortura en penal de Tepic

Ciudad de México a 27 de Octubre de 2026. Sidronio Casarrubias Salgado, ex líder del grupo criminal Guerreros Unidos relacionado con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, se quejó de que en el Centro Federal de Reinserción Social Número Cuatro “Noroeste”, con residencia en Tepic, Nayarit, donde se encuentra preso, es víctima de tortura física y sicológica, violencia sexual, vejaciones, castigos y amenazas de las que está siendo objeto, por lo que “peligra su vida”.

No es la primera vez que Casarrubias Salgado promueve un amparo quejándose de violaciones a sus derechos humanos y posibles actos de tortura. Este tipo de recursos se concede al considerar que pudieran cometerse violaciones graves, lo cual es analizado con posterioridad y de entrada sólo se entregan para que se suspendan los actos que atenten contra la ley.

Por ello, Azucena Lazalde Íñiguez, titular del juzgado segundo de distrito en materia penal en el Estado de México, le otorgó una suspensión para que directivos del centro penitenciario ordenen parar de inmediato los actos reclamados.

“Para el debido cumplimiento de esta suspensión, prevéngase al Director del Centro Penitenciario de Reinserción Social Número 4″ Noroeste”, con residencia en Tepic, Nayarit, por ser el encargado de esa unidad administrativa donde se encuentra el quejoso, para que de inmediato se abstenga de llevar a cabo cualquier acto que prohíbe el artículo 22 de la Constitución  Mexicana y los que establece el numeral 15 de la Ley de Amparo, en contra de Sidronio Casarrubias Salgado”, señala el resolutivo.

Asimismo, la impartidora de justicia indicó que se responsabiliza a la autoridad al director del penal por cualquier violación que pudiera cometer la determinación y que deberá proceder a la vigilancia necesaria para que se cumpla, en el entendido de que queda a cargo y bajo responsabilidad de la autoridad la integridad y vida del quejoso. 

Además dio un plazo de 24 horas improrrogable para que se informe a este juzgado de distrito el cumplimiento de la suspensión; asimismo, precise cual es la situación jurídica y en que carpeta se emitió la determinación respectiva.

Advirtió que si las autoridades penitenciarias no acatan esta medida suspensional, se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.