Guadalajara, Jal a 29 de Octubre de 2026. “Negar que hubo tortura es violentar los derechos humanos de las víctimas porque se están integrando aún los elementos para acreditarla”, afirmó el abogado José Francisco Salazar González, asesor legal de las mujeres que el pasado 11 de octubre fueron retenidas mediante el uso excesivo de la fuerza e introducidas a Casa Jalisco, donde, según denunciaron, continuaron siendo golpeadas.
“Lo que ocurrió ese día es que se declaró un estado de sitio de facto, violatorio de todo derecho humano”, sostuvo el litigante, luego de conocer que la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) descartó que se hubieran cometido actos de tortura, postura que diversos colectivos han calificado de “encubrimiento” de los presuntos abusos cometidos por autoridades estatales.
Salazar señaló que, entre los elementos para acreditar las violaciones denunciadas, la CEDHJ debió analizar los partes médicos, las reclasificaciones de lesiones realizadas por peritos, los dictámenes periciales y psicológicos, así como fotografías y videos “que no podrán borrar de cómo trataron a los manifestantes”.
“La desaparición forzada de personas y la tortura son delitos graves que afectan la dignidad humana, la libertad y la integridad personal. según los artículos 27, 28 y 30 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas”, recordó.
También indicó que, en materia de tortura, el fundamento jurídico se encuentra en los artículos 1 y 24 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
“El 24 establece que comete el delito de tortura el Servidor Público que, con el fin de obtener información o una confesión, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medio de coacción, como medida preventiva, o por razones basadas en discriminación, o con cualquier otro fin; cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona o bien cometa una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento”.
CNDH aplica Protocolo de Estambul a víctimas
El abogado explicó que el caso de Verónica, una joven de 28 años que sufrió convulsiones después de haber sido golpeada y encerrada dentro de Casa Jalisco, constituye, a su juicio, un ejemplo de lesiones, tortura y uso desmedido de la fuerza pública.
Sostuvo que las autoridades “debieron atenderla, llevarla a un hospital en lugar de revictimizarla cuando la llevaron detenida a la fiscalia”.
Salazar celebró que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) atrajera el caso y analizara las denuncias de tortura, ante lo que considera una evidente parcialidad del organismo estatal. Informó que desde el viernes de la semana pasada comenzaron a aplicarse los protocolos de Estambul por parte de la comisión nacional.
El Protocolo de Estambul, cuyo nombre oficial es Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, establece directrices internacionales para examinar a personas que afirman haber sufrido tortura, evaluar sus posibles secuelas y documentar pruebas técnicas para las investigaciones.
La postura del defensor coincide con la de diversos colectivos y diputados de oposición que, luego de que la CEDHJ emitiera un comunicado en el que señaló que no había acreditado actos de tortura contra los manifestantes, acusaron al organismo de actuar como encubridor de la presunta represión ejercida por la policía jalisciense.




