Esto por las infracciones de ley contra proveedores que no acreditaron el soporte técnico-científico de la certificación que señalan en su publicidad
De acuerdo con el boletín de la Profeco, estas marcas son Colgate Palmolive, Universidad Intercontinental, Merkatari, Mead Johnson Nutricionales de México, Tempure Sealy México y Spring Air México, proveedores que fueron identificados durante su programa de monitoreo y seguimiento.
En ese orden, la Profeco indicó que en esas empresas observaron la oferta de pasta dental Colgate y antitranspirante Neutro Balance, servicios educativos, muebles de madera, fórmula láctea Enfagrow, colchones Sealy y colchones Spring Air.
En caso de comprobar las violaciones a la ley, podrían sancionarlos con clausura total, o bien durante 90 días, incluso con multas de hasta 3 millones 974 pesos.
De acuerdo con las disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, el artçiculo 32 es relativo a la prohibición de incluir en la información o publicidad con leyendas que indiquen sobre que el producto tiene validación de asociaciones certificadas o profesionales.
Esto aplica sólo si no tienen la manera de comprobar lo que dicen con evidencia científica, objetiva y fehaciente.
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